domingo, 18 de octubre de 2009

FALLO A FAVOR DE MEDIDA CAUTELAR

Reclamo de Jubilados y sugerencias para futuros jubilados
TEMA
NUEVO FALLO A FAVOR DE JUBILADOS, MEDIDA CAUTELAR PARA QUE ANSES LIQUIDE UN AUMENTO DEL 50% DEL HABER, COMO ANTICIPO HASTA LA SENTENCIA DEFINITIVA DONDE SE DISPONDRÁ EL AJUSTE DEL HABER Y EL PAGO DEL RETROACTIVO
Del Diario La Nación
Economía
Sábado 17.10.2009
Ordenan acelerar el ajuste de jubilaciones
La Justicia exige a la Anses que aumente inmediatamente el haber mensual de un jubilado querellante sin esperar el final del juicio

Silvia Stang LA NACION
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) deberá aumentarle el haber mensual a un jubilado que inició una demanda por reajuste en la Justicia, pero sin las demoras de varios años que suele tener un trámite de este tipo, sino en un plazo inferior a un mes.
Así lo ordenaron los jueces de la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social, al dar lugar a una medida cautelar presentada por el jubilado Néstor Fernando Capa. La sentencia, firmada ayer y aún no notificada formalmente, exige a la Anses ajustar, dentro del mes siguiente a recibir los expedientes de la causa, el haber mensual del demandante, según la evolución que tuvieron en cierto período los salarios activos.
El pedido de Capa buscó evitar la larga espera que implica la resolución de un juicio, para así comenzar a cobrar el monto que le corresponde según lo que ya dispuso en un caso similar la Corte Suprema de Justicia. El fallo tiene alcance sobre la actualización del haber hacia adelante, pero no sobre el cobro de los retroactivos que se acumularon a favor del litigante por la insuficiencia de las subas otorgadas por los gobiernos.
Uno de los motivos que llevaron a los jueces a aceptar la medida cautelar fue que el caso de Capa era similar al de Adolfo Badaro, el jubilado favorecido en 2007 por un fallo en el que el Tribunal Supremo ordenó ajustar los haberes en función de la evolución que habían tenido los salarios activos desde enero de 2002. Por la manera discrecional en que se dieron las recomposiciones de ingresos jubilatorios entre ese año y 2008, muchos pasivos recibieron ajustes insuficientes en relación con el índice salarial. En la sentencia Badaro, que tuvo como efecto un crecimiento récord en el número de juicios (ver aparte), se reconoció que esa falta de ajustes es algo que no debió haber ocurrido.
Tras esa sentencia, el Congreso aprobó una ley de movilidad para aplicar alzas periódicas y automáticas, pero sólo con vigencia desde este año, con lo cual muchos ingresos quedaron desactualizados, con la consecuente pérdida de poder adquisitivo.
La decisión de aceptar una medida cautelar para el reajuste fue tomada por dos votos contra uno: los jueces Luis René Herrero y Emilio Lisandro Fernández le dieron la razón al jubilado, en tanto que la jueza Nora Dorado votó en disidencia. Según se prevé, la Anses presentaría un recurso extraordinario ante la Corte, que podría revertir el criterio, pero ello no eximiría al organismo de su obligación de pagar el haber actualizado al beneficiado. Varias fuentes consultadas por LA NACION coincidieron en que ese recurso tendría un efecto "devolutivo" que no suspendería la ejecución de lo ordenado por los jueces.
Causas que se acumulan
El fallo provoca fuertes expectativas en la justicia previsional, en la que se estima que se tramitan unas 260.000 causas. Según fuentes judiciales, no menos del 60%, es decir, unas 160.000, son para pedir la aplicación del criterio Badaro.
Los votos favorables a Capa explican que se cumplen dos consignas para aplicar la medida cautelar. Además del antecedente de Badaro, con el que hay "verosimilitud de derecho", se invoca que existe un peligro por la demora en aplicar el ajuste de haberes, que en algún momento determinará la Justicia en forma definitiva. "El peligro de la demora afecta un derecho impostergable de naturaleza alimentaria", argumentó en su voto el juez Herrero, aludiendo a la necesidad del ingreso para adquirir bienes básicos.
En la demanda, el jubilado (de 74 años) había advertido sobre la posibilidad de no hallarse con vida para la fecha de finalización del juicio.
En diálogo con LA NACION, el juez Herrero afirmó que la decisión hace al cumplimiento de un derecho en forma provisional y trata de evitar daños. Afirmó, también, que no habría ninguna traba para que quienes tienen juicios en trámite presenten medidas cautelares. "Es público y notorio el irrazonable tiempo que insume el proceso previsional y el grave daño que esta demora le propina al derecho de naturaleza alimentario del actor", expone en la fundamentación de su voto.
El abogado previsionalista Guillermo Jáuregui calificó de revolucionario el fallo y agregó que no hay dudas de que el derecho invocado en el reclamo es verosímil, por la existencia del fallo Badaro. Según estimó, un jubilado que inicia un juicio puede exponerse a una espera de entre 6 y 7 años hasta que la Anses le actualice el haber, pero aclaró que los plazos suelen ser muy disímiles.
Por su parte, el abogado Adrián Troccoli sostuvo: "Es válido el análisis que hace Herrero de las demoras de los juicios, y hay muchas partes que tenemos que ver en esos largos plazos, aunque la primera causante es la Anses, porque viola el derecho y motiva la judicialidad". Sin embargo, dijo no compartir la resolución conocida ayer, porque piensa que "debería acelerarse el procedimiento normal del juicio ordinario".

COMENTARIO ADICIONAL: El 50% exigido a la ANSES por la medida cautelar, representa el incremento del haber jubilatorio estimado, al aplicar los ajustes del caso Badaro hasta diciembre de 2006 más los aumentos por movilidad otorgados por el gobierno vs. el haber previsional que percibe el jubilado en estos momentos.- Continúa el juicio hasta obtener sentencia definitiva por diferencia del haber definitivo como del pago retroactivo